ESPAÑA
¡Necesitamos a un superhéroe para que saque a este país de su mierda!
Que pena me da este pais. Nos obligan a irnos por cosas como esas.
WTF?
¿Hasta dónde puede llegar tanta corrupción?
Que triste la verdad, en mi país la situación es algo parecido, el cinismo existe en todos lados :c
Claro!!Inmediato enriquecimiento de vitaminas con las hortalizas!! Garrote vil para ese delincuente enriquecido!!
no solo pasa en España, a qui en Colombia pasa lo mismo
Es que es asi en todos lados.. robar es un delito.. pero solo para los pobres
Lo uno no excluye a lo otro. Esta claro que la justicia es corrupta, pero si a mi me roban 10€ de mi genero también querría que lo pagasen. Ademas 10€ en hortalizas son muchas hortalizas aunque no lo parezcan eh?
La diferencia esta en que los de las hortalizas fufueron ellos los q robaron, la mato solo recibio dinero de una trama fraudulenta
Espero explicarme bien, ya que los delitos fiscales posiblemente sea lo más complejo de entender en la carrera jurídica...
El nuestro Código Penal, se recoge en el artículo 308 penas de prisión para aquellas personas que defrauden más de 120.000 € en un año.
Partiendo de esa base, si en un año natural (1 enero a 31 diciembre) defraudas 120.000 € no cometerás el delito del art. 308.
En el caso expuesto los 546.000 € no corresponder a un solo año, sino a 6 años en total, por lo que la media de lo defraudado en cada uno de esos años sería de 91.000 € (no llega a los 120.000)
Conste que no justifico a estos delincuentes y tampoco es mi opinión que la Ley sea justa, pero es para que sepáis porque no es delito.
¿¿¿Como es posible que todavía haya personas que le den no me gusta a este cartel si tiene toda la razón del mundo???
#13 #13 jrosa11500 dijo: Espero explicarme bien, ya que los delitos fiscales posiblemente sea lo más complejo de entender en la carrera jurídica...
El nuestro Código Penal, se recoge en el artículo 308 penas de prisión para aquellas personas que defrauden más de 120.000 € en un año.
Partiendo de esa base, si en un año natural (1 enero a 31 diciembre) defraudas 120.000 € no cometerás el delito del art. 308.
En el caso expuesto los 546.000 € no corresponder a un solo año, sino a 6 años en total, por lo que la media de lo defraudado en cada uno de esos años sería de 91.000 € (no llega a los 120.000)
Conste que no justifico a estos delincuentes y tampoco es mi opinión que la Ley sea justa, pero es para que sepáis porque no es delito.@jrosa11500 y respecto al de las hortalizas, debe considerarse hurto por un valor menor de 400 euros, es decir una falta, en la que se castiga por localización permanente, no cárcel! pero bueno...
#3 #3 Este comentario se ha eliminado ya que no cumplía con las normas de uso de la página.@mr_bipolar Letra pequeña: Solo aplicable a realeza, personas famosas, con cargos políticos, con excargos políticos o con conocidos políticos/jueces o que tengan favores de con personas con "poderes". La realeza está exenta de todo cargo, sea cual sea.
No es lo mismo evadir impuestos que robar.
Dicho lo cual es una vergüenza que se pueda intentar defraudar con total impunidad. Hoy tenemos a Mato de ministra y dentro de poco la liga hará un homenaje público por meter goles a Messi cuando en un país serio estarían ambos entre rejas.
#3 #3 Este comentario se ha eliminado ya que no cumplía con las normas de uso de la página.@mr_bipolar La justicia en España no es como la de USA para poder hacer esas cosas. No son las mismas leyes y reglas.
#15 #15 roblover99 dijo: #13 @jrosa11500 y respecto al de las hortalizas, debe considerarse hurto por un valor menor de 400 euros, es decir una falta, en la que se castiga por localización permanente, no cárcel! pero bueno...@roblover99 Es correcto, pero hay que atenerse a las circunstancias del caso en concreto, si buscas la noticia, verás que se determina que saltaron una valla, por lo que ya no estamos en el art. 623 del CP, sino en el art. 238 que es el de robo con fuerza en las cosas, en el número 1º Escalamiento.
Hay que tener muy en cuenta cada circunstancia, ya que algo tan simple como saltar una valla, te lleva de una simple falta de hurto a un robo con fuerza.
Un saludo!
Vivo en Colombia, y acá todos ven España como algo genial, pero cada vez que entro a cuanta razon, veo imagenes como esta, que hablan mal de el mismo y aunque el sistema de justicia Colombiano sea malo, el suyo esta peor, que lamentable que un país tan bello como debe ser españa, se encuentre así de mal.
Digamos ¿Cuanto más robe menos cárcel?
#13 #13 jrosa11500 dijo: Espero explicarme bien, ya que los delitos fiscales posiblemente sea lo más complejo de entender en la carrera jurídica...
El nuestro Código Penal, se recoge en el artículo 308 penas de prisión para aquellas personas que defrauden más de 120.000 € en un año.
Partiendo de esa base, si en un año natural (1 enero a 31 diciembre) defraudas 120.000 € no cometerás el delito del art. 308.
En el caso expuesto los 546.000 € no corresponder a un solo año, sino a 6 años en total, por lo que la media de lo defraudado en cada uno de esos años sería de 91.000 € (no llega a los 120.000)
Conste que no justifico a estos delincuentes y tampoco es mi opinión que la Ley sea justa, pero es para que sepáis porque no es delito.@jrosa11500
¿Eso quiere decir que con el método de robo phishing (robando a ricos cabrones claro xD), si en un año no han superado los 120.000 euros no acabaré ni en la cárcel ni pagándolo?
Creo que es hora de atacar con su propia medicina...
#19 #19 jrosa11500 dijo: #15 @roblover99 Es correcto, pero hay que atenerse a las circunstancias del caso en concreto, si buscas la noticia, verás que se determina que saltaron una valla, por lo que ya no estamos en el art. 623 del CP, sino en el art. 238 que es el de robo con fuerza en las cosas, en el número 1º Escalamiento.
Hay que tener muy en cuenta cada circunstancia, ya que algo tan simple como saltar una valla, te lleva de una simple falta de hurto a un robo con fuerza.
Un saludo!@jrosa11500 ooooo gracias!!! eso cambia bastante las reglas del juego, si es robo se entiende, y más saltando la valla. Aun así, siendo un año se puede pedir suspender la pena o sustituirla por trabajos en beneficio a la comunidad o una multa. Respecto al delito fiscal aun no lo he dado, tiempo al tiempo.
Y de nuevo el desconocimiento e IGNORANCIA prevalece en España...... Amigos, puedes robar 200 mil euros que no te pasa gran cosa, pero como robes UN MISERO EURO usando violencia ya sea física o verbal se considera delito, para este caso la cantidad robada no importa sino el MEDIO EMPLEADO.
A ver, a ver...
HAY UN MONTO MÍNIMO PARA QUE SEA FRAUDE FISCAL!!!???
Realmente esos mierdas corruptos creen que uno es tan bestia como ellos.
#11 #11 granoto dijo: Lo uno no excluye a lo otro. Esta claro que la justicia es corrupta, pero si a mi me roban 10€ de mi genero también querría que lo pagasen. Ademas 10€ en hortalizas son muchas hortalizas aunque no lo parezcan eh?@patpatt Completamente deacuerdo. A la familia Mato la enchironaba de por vida pero que nadie trate de ningunear el robo en campos porque el sector primario está especialmente castigado por la crisis.
¿No supera al minino? ¿Es que tienes que robar más que un gato para que se considere delito fiscal?
Jodido minino...
#15 #15 roblover99 dijo: #13 @jrosa11500 y respecto al de las hortalizas, debe considerarse hurto por un valor menor de 400 euros, es decir una falta, en la que se castiga por localización permanente, no cárcel! pero bueno...@roblover99 Son las llamadas "naranjas de Gandía, se roban de noche, se venden de dia" xD
#24 #24 roblover99 dijo: #19 @jrosa11500 ooooo gracias!!! eso cambia bastante las reglas del juego, si es robo se entiende, y más saltando la valla. Aun así, siendo un año se puede pedir suspender la pena o sustituirla por trabajos en beneficio a la comunidad o una multa. Respecto al delito fiscal aun no lo he dado, tiempo al tiempo.@roblover99 De nada hombre!! Sobre la sustitución y la suspensión de pena, siempre y cuando el reo no sea habitual en la primera y que sea considerado como delincuente primario (primera vez que comete hecho delictivo) en la segunda.
Mucho ánimo con la carrera jurisconsulto :) a mi también me queda un poco para terminar.
#23 #23 bigkratos_92 dijo: #13 @jrosa11500
¿Eso quiere decir que con el método de robo phishing (robando a ricos cabrones claro xD), si en un año no han superado los 120.000 euros no acabaré ni en la cárcel ni pagándolo?
Creo que es hora de atacar con su propia medicina...@bigkratos_92 El "método de robo phishing" no se encuadra dentro del delito fiscal del art. 308 CP, ya que no lo estás cometiendo en contra del Estado, sino en contra de particulares o empresarios.
A pesar de que se conoce como robo, realmente es complicado clasificarlo jurídicamente, por diversos motivos (en Internet puedes encontrar información sobre este asunto) entre otros porque se podría considerar robo, estafa, falsedad documental, daños materiales en caso de que se inutilicen sistemas de seguridad, etc...
Existe el "Convenio de Budapest" en el que se quiere lograr que diferentes Estados, lleven a cabo una regulación más completa, sobre los delitos informáticos de nueva aparición.
¿Alguien por aquí dispuesto a un golpe de estado?
Que feo todo eso, abajo los banqueros y los corruptos
#31 #31 jrosa11500 dijo: #24 @roblover99 De nada hombre!! Sobre la sustitución y la suspensión de pena, siempre y cuando el reo no sea habitual en la primera y que sea considerado como delincuente primario (primera vez que comete hecho delictivo) en la segunda.
Mucho ánimo con la carrera jurisconsulto :) a mi también me queda un poco para terminar.@jrosa11500 jajajaaj gracias a usteed!!! no se, no considero a una pareja de ladrones de hortalizas delincuentes habituales XD, aún así, mucha suerte a ti también con la carrera y ánimo.
Atentos al texto del segundo "delito", segun el juez robar 10 euros en hortalizas suponia "un inmediato enriquecimiento"...
tan facil como que robar es malo y vas a la cárcel.de aqui a cuando se complico eso?
#13 #13 jrosa11500 dijo: Espero explicarme bien, ya que los delitos fiscales posiblemente sea lo más complejo de entender en la carrera jurídica...
El nuestro Código Penal, se recoge en el artículo 308 penas de prisión para aquellas personas que defrauden más de 120.000 € en un año.
Partiendo de esa base, si en un año natural (1 enero a 31 diciembre) defraudas 120.000 € no cometerás el delito del art. 308.
En el caso expuesto los 546.000 € no corresponder a un solo año, sino a 6 años en total, por lo que la media de lo defraudado en cada uno de esos años sería de 91.000 € (no llega a los 120.000)
Conste que no justifico a estos delincuentes y tampoco es mi opinión que la Ley sea justa, pero es para que sepáis porque no es delito.@jrosa11500 , tienes amplios conocimientos, aun así hay que destacar una cosa, sea el pais que fuere, mientras sean adinerados quienes comentan la falta serán siempre inocentes
Y como siempre, a nadie le importa, pues no veo a nadie quejandose en la calle, ni organizando protestas, revuelta... simplemente comentarios en internet
#3 #3 Este comentario se ha eliminado ya que no cumplía con las normas de uso de la página.@mr_bipolar Solo es válido si es robo sin violencia. En el momento que hay violencia o intimidación, ya pasa a ser delito.
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20 oct 2014, 15:47
La ley esta hecha por corruptos, que esperais...