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Enviado por bobobobs el 22 mar 2018, 14:11
Y unas croquetas, que le gustan a todo el mundo
Fuente: http://twitter.com/bola9_
En cualquier otra epoca eso tendria facil solución. Hoy en dia si lo intenta echar fuera a lo mejor es el el que va a la carcel.
¿Y esto se pone como algo NOVEDOSO? Pero si es el pan nuestro de cada día. La mujer echa al hombre de casa (su casa que sigue pagando hipoteca), y si el hombre no quiere siempre podemos denunciarlo con mentiras de maltrato psicológico y vainas fritas. La mujer mete a su nuevo querendón y el ex marido a joderse.
No hay ni respeto por los niños ni leches. Para mi las mujeres de hoy en día han perdido el norte, y tú si me votas negativo te pasará lo mismo (avisado estás).
Que fuerte como pueden estar viviendo los hijos con los padres......¡No lancéis cosas que es broma
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23 mar 2018, 00:10
#3 #3 duelelaverdad dijo: ¿Y esto se pone como algo NOVEDOSO? Pero si es el pan nuestro de cada día. La mujer echa al hombre de casa (su casa que sigue pagando hipoteca), y si el hombre no quiere siempre podemos denunciarlo con mentiras de maltrato psicológico y vainas fritas. La mujer mete a su nuevo querendón y el ex marido a joderse.
No hay ni respeto por los niños ni leches. Para mi las mujeres de hoy en día han perdido el norte, y tú si me votas negativo te pasará lo mismo (avisado estás).@duelelaverdad Habría que leer la notica entera antes de opinar ¿no?
http://www.elcomercio.es/economia/gemma-gonzalez-novio-20180316181135-nt.html
"el Tribunal Supremo ya se ha pronunciado sobre un caso similar en sentencia de 19 de marzo de 2017. En ella dice que la pensión se fijó en base a la contribución de AMBOS progenitores a los gastos de la vivienda y al coste de una empleada de hogar (en el caso que se enjuicia) de la que se beneficia la nueva familia, por lo que el tercero que entra en escena necesariamente debe contribuir a estos gastos" "no se puede limitar el uso de la vivienda cuando se ha otorgado al menor y a la madre con custodia exclusiva (no lo permite nuestro Código Civil)" Y en este otro artículo,https://elpais.com/economia/2017/09/13/mis_derechos/1505308262_823286.html, podemos observar: "En definitiva, la facultad del titular del derecho a usar la vivienda ampara no solo el impedir la entrada o permanencia a quien estime conveniente, sino también permitir la entrada y permanencia en su domicilio a cualquier persona siempre que no perjudique los derechos e intereses de los hijos"