Esto es lo que vale la vida de un obrero en España. Una multita al empresario
Yo tengo por ley personal NUNCA fiarme a primera vista de las noticias porque en muchas de ellas no se cuenta todo o se cuenta mal, transmitiendo la ignorancia a las personas que lo lean. Creo que esa cifra se refiere a días multa del CP, no a una multa sin más. Por otro lado no me creo que si la Inspección detectó incumplimientos la responsabilidad sea tan baja; Vamos que resumiendo, esta noticia es tan fiable como los post de Taringa.
#1 #1 johngalt2330 dijo: Dejando de lado lo antiguo de la noticia y que esta repetida; lo que se juzga es si el trabajador contaba con las medidas de seguridad adecuadas y con la formacion para trabajar de forma segura.
Si estos requisitos se cumplian o los incumplimientos no eran graves (como dice al final), puede que el accidente se debiera a imprudencias del trabajador o a un accidente sin mas como es el de caerse plr una claraboya de un sitio desconocido.
Porque hay que pensar dos segundos antes de utilizar una muerte accidental para barrer hacia casa y poner titulares amarillistas sobre el pobrecito proletario de la clase obrera y que mira que poca justicia hay en Españistan etc@johngalt2330 Respecto a esto, últimamente tengo la costumbre de hacer del abogado del diablo. Para mi sorpresa, la mayoría de las veces acierto O_o
Hay que conocer la situación. Si se contaba con las medidas de seguridad adecuadas y el trabajador prescindió de ellas actuando de forma imprudente, la empresa no tiene culpa, otra historia ya es que hayan tangado el juicio, pero de 350 nada, creo recordad que muerte son 600.000€ de indemnización.
#3 #3 esfingeps3 dijo: #1 @johngalt2330 Respecto a esto, últimamente tengo la costumbre de hacer del abogado del diablo. Para mi sorpresa, la mayoría de las veces acierto O_o@esfingeps3 Por que ya hay demasiada demagogia; tanta demagogia exagerada da como resultado acusaciones falsas.
A ver... ¿Cómo, si ésto es cierto, han llegado a un acuerdo la acusación y la defensa para considerarlo falta en vez de delito? Si ésto no son incumplimientos graves ya me dirás.
#1 #1 johngalt2330 dijo: Dejando de lado lo antiguo de la noticia y que esta repetida; lo que se juzga es si el trabajador contaba con las medidas de seguridad adecuadas y con la formacion para trabajar de forma segura.
Si estos requisitos se cumplian o los incumplimientos no eran graves (como dice al final), puede que el accidente se debiera a imprudencias del trabajador o a un accidente sin mas como es el de caerse plr una claraboya de un sitio desconocido.
Porque hay que pensar dos segundos antes de utilizar una muerte accidental para barrer hacia casa y poner titulares amarillistas sobre el pobrecito proletario de la clase obrera y que mira que poca justicia hay en Españistan etc@johngalt2330 No hace falta leer para saber que ese es el caso.
Si lees, queda claro que sólo les han multado por algún defecto de forma en el documento de Seguridad, pero que cumplieron todos los requisitos necesarios para garantizar según dicta la ley que el accidente no sucediera.
De no ser así, se les habría caído el pelo a unos cuantos: administradores, coordinador de seguridad...
#6 #6 tejonator3000 dijo:
A ver... ¿Cómo, si ésto es cierto, han llegado a un acuerdo la acusación y la defensa para considerarlo falta en vez de delito? Si ésto no son incumplimientos graves ya me dirás.@tejonator3000
#6 #6 tejonator3000 dijo:
A ver... ¿Cómo, si ésto es cierto, han llegado a un acuerdo la acusación y la defensa para considerarlo falta en vez de delito? Si ésto no son incumplimientos graves ya me dirás.@tejonator3000 Así, señala, no existían líneas de vida como cables de acero ni puntos fijos y seguros a los que poder anclar el arnés sin tener que desengancharse para circular por la cubierta.
Tampoco, según el fiscal, se habían instalado sistemas anticaídas de sujeción y la protección de red horizontal había sido retirada.
Igualmente, pese a intervenir en la obra dos empresas, éstas tampoco habían designado un coordinador en materia de salud y seguridad que vigilase el cumplimiento de las actividades preventivas, "máxime al incorporarse trabajadores nuevos como el fallecido", añade la fiscalía en su calificación jurídica.
#6 #6 tejonator3000 dijo:
A ver... ¿Cómo, si ésto es cierto, han llegado a un acuerdo la acusación y la defensa para considerarlo falta en vez de delito? Si ésto no son incumplimientos graves ya me dirás.@tejonator3000 No obstante parece que, aparte de esa multa estúpida, se tendrá que "dirimir el destino de la cuantiosa indemnización para los herederos del hombre fallecido en el trágico suceso". Así que parece que les va a salir más caro (esperemos). Pero que no haya pena por éstas infracciones, solo una multa (por caro que les pueda resultar al final si de verdad les acaban dando una "cuantiosa indemnización")... Tela...
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24 feb 2017, 12:03
Dejando de lado lo antiguo de la noticia y que esta repetida; lo que se juzga es si el trabajador contaba con las medidas de seguridad adecuadas y con la formacion para trabajar de forma segura.
Si estos requisitos se cumplian o los incumplimientos no eran graves (como dice al final), puede que el accidente se debiera a imprudencias del trabajador o a un accidente sin mas como es el de caerse plr una claraboya de un sitio desconocido.
Porque hay que pensar dos segundos antes de utilizar una muerte accidental para barrer hacia casa y poner titulares amarillistas sobre el pobrecito proletario de la clase obrera y que mira que poca justicia hay en Españistan etc